lunes, 28 de septiembre de 2026

Aborto: una cuestión de salud pública, no de fe

 

Cada 28 de septiembre, organizaciones de todo el mundo conmemoran el Día de Acción Global por el Acceso al Aborto Legal y Seguro. No es una fecha para debatir dogmas, sino para recordar un hecho que la evidencia médica documenta desde hace décadas: negar el acceso al aborto no elimina el aborto, solo lo vuelve peligroso.

Lo que dice la evidencia, no la creencia

Según la Organización Mundial de la Salud, cada año se practican cerca de 73 millones de abortos en el mundo. La atención integral del aborto está incluida, desde 2020, en la lista de intervenciones esenciales de salud de la propia OMS, que lo describe como una intervención sencilla que puede practicarse de forma segura y eficaz por una amplia variedad de trabajadores de la salud, ya sea farmacológica o quirúrgicamente.

El problema nunca ha sido el procedimiento en sí, sino las condiciones en que se realiza cuando se le criminaliza. Entre el 8% y el 18% de las muertes maternas en el mundo están relacionadas con abortos practicados en condiciones inseguras —es decir, sin el personal ni los estándares médicos mínimos—, y ese porcentaje sube dramáticamente en los países donde el aborto es ilegal o de difícil acceso. La OMS es categórica: la falta de acceso a una asistencia segura, oportuna, asequible y respetuosa para el aborto es un problema de salud pública y de derechos humanos, no una cuestión moral abierta a interpretación religiosa.

Cuando el aborto se discute como pecado en vez de como procedimiento médico, quienes pagan el costo no son las instituciones que lo prohíben, sino los cuerpos de las mujeres y niñas que igual necesitarán interrumpir un embarazo, con o sin ley que las respalde.



Chile: de la prohibición absoluta a las tres causales

Chile tuvo aborto terapéutico legal desde 1931. La dictadura cívico-militar lo prohibió por completo en 1989, en uno de los últimos actos del régimen antes de dejar el poder, dejando al país durante 28 años con una de las legislaciones más restrictivas del mundo —lo que no impidió que las mujeres siguieran abortando: se estima que en 1990 se practicaron entre 160.000 y 200.000 abortos clandestinos en el país.

Recién en 2017, tras casi tres años de discusión legislativa y un fallo del Tribunal Constitucional que rechazó los requerimientos de inconstitucionalidad presentados por la oposición de la época, se promulgó la Ley N° 21.030, que despenaliza la interrupción voluntaria del embarazo en tres causales específicas:

  1. Riesgo vital para la mujer: cuando el embarazo pone en peligro su vida. No tiene límite de edad gestacional.
  2. Inviabilidad fetal: cuando el embrión o feto padece una patología incompatible con la vida fuera del útero, confirmada por dos diagnósticos médicos especialistas por escrito.
  3. Violación: en mujeres mayores de 14 años, dentro de las primeras 12 semanas de gestación; en niñas menores de 14 años, dentro de las primeras 14 semanas.

En ningún caso la ley obliga: es la propia mujer quien decide si se acoge o no a la causal que le corresponde.

Lo que muestran ocho años de ley

Las cifras oficiales del Ministerio de Salud permiten desmentir varios de los augurios que se usaron para intentar frenar la ley en 2017. A siete años de su entrada en vigencia, se habían registrado 5.370 casos a nivel nacional, y en el 85% de ellos la mujer decidió efectivamente interrumpir su embarazo. Contrario a lo que advertían sectores conservadores —que sostenían que la causal de violación se transformaría en una puerta trasera al "aborto libre"—, esta ha sido sistemáticamente la causal menos invocada en los ocho años de vigencia de la ley; la causal de inviabilidad fetal ha sido, históricamente, la más utilizada.

Sin embargo, hay una tendencia reciente que preocupa: un estudio de la Universidad Alberto Hurtado identificó un aumento explosivo de la causal de violación desde 2022, llegando a representar el 36,3% de los casos en 2024 —una cifra que los investigadores correlacionan con el aumento de la violencia sexual, especialmente contra menores de edad. Esto no es un fracaso de la ley: es la ley funcionando como red de contención frente a un problema de violencia que existe con o sin legislación de aborto.

Persisten, eso sí, brechas reales de acceso: distintos estudios estiman que hasta un 70% de la población chilena desconoce o conoce solo parcialmente los protocolos para acceder a la ley, y la objeción de conciencia de profesionales e instituciones sigue siendo, en la práctica, una barrera de acceso en varias regiones del país.

Un tema médico, no un tema de fe

La discusión pública sobre el aborto en Chile —y en gran parte de América Latina— se sigue librando muchas veces en términos religiosos: pecado, vida desde la concepción, objeción de conciencia institucional. Pero la evidencia acumulada por organismos de salud durante décadas apunta en una sola dirección: el aborto es, antes que cualquier otra cosa, un procedimiento médico, y tratarlo como un problema moral no reduce su ocurrencia, solo determina si se realiza en condiciones seguras o en la clandestinidad.

Como plantea la propia Organización Mundial de la Salud, prevenir las muertes maternas evitables exige que todas las mujeres, incluidas las adolescentes, tengan acceso a anticonceptivos, a servicios de aborto seguro dentro de los márgenes que permite la ley, y a atención de calidad después del procedimiento. Eso no es una posición ideológica: es política pública basada en evidencia.

Un aborto seguro salva vidas. Uno clandestino, las pone en riesgo. Esa diferencia no la determina la fe de quien legisla, sino el acceso real a la salud.

📚 Fuentes

  • Organización Mundial de la Salud (OMS). "Aborto" (ficha informativa, actualizada 2025).
  • Organización Mundial de la Salud (OMS). "Mortalidad materna" (ficha informativa).
  • Ministerio de Salud de Chile. "Ley N° 21.030 — Información para la ciudadanía".
  • Ministerio de la Mujer y la Equidad de Género de Chile. "Siete años de la Ley IVE: 85% de las mujeres y niñas en alguna de las tres causales han decidido interrumpir su embarazo".
  • CIPER Chile (enero 2025). "La violación es la causal menos invocada para la interrupción del embarazo en siete años de vigencia de la ley".
  • Crespo, F. A. (2026). "Interrupción voluntaria del embarazo con tres causales, evolución y proyecciones". Observatorio Económico, Universidad Alberto Hurtado.
  • Wikipedia. "Aborto en Chile" y "Aborto inseguro".

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